Los registros de la propiedad (Catasti) se dividen en antiguos y modernos, los primeros producidos de acuerdo con la promulgación de 19 de noviembre 1467 con el título de appretio, porque se tributaba una proporción de lo que cada uno poseía. No están contenidos en ellos ni los lugares sagrados, ni los clérigos, y todos aquellos que estaban exentos de tributar. Los modernos fueron resultado de la nueva ley del 4 de octubre de 1740 y la posterior de la Regia Cámara Sommaria de 1741
que dio las instrucciones sobre cómo relevar estos catastros
.
El catastro es un instrumento de recaudación fiscal conocido desde la Roma clásica y muchas ciudades italianas lo utilizaron al menos desde el siglo XIV, pero entre los catastros medievales y los del siglo XVIII hay una enorme diferencia.
Los catastros del Medievo tuvieron como objetivo la reforma fiscal de realidades circunscritas básicamente a las ciudades y sus partidos rurales, en cambio los gestores de los catastros del XVIII quisieron que fueran de carácter general y sujetos al control de la autoridad central.
Con la creación en 1741 del Catasto Onciario en el Reino de Nápoles por el rey Carlos de Borbón, entre las medidas que tomó para reformar el reino introdujo un sistema más moderno y uniforme de impuestos a la propiedad e industria. El Catasto Onciario se encuentra entre las más importantes fuentes para el estudio de la historia social y económica del sur de Italia.

Hasta mediados del siglo XVIII los antiguos catastros fueron evaluaciones de las posesiones de los ciudadanos y los ingresos de sus actividades, para establecer la cantidad de impuestos en virtud de este tipo de gravamen fiscal y se llamaron battaglione. Sin embargo, era posible que los municipios optaran por recaudar impuestos con un método más sencillo, denominado gabella, que fue básicamente un impuesto sobre los bienes de consumo. Por esta razón, hasta 1740 solo una minoría de los municipios optó por cobrar los impuestos con el método battaglione, y en muchos lugares no se realizaron catastros antiguos. Sin embargo todo esto cambió con la ley emitida por Carlos Borbón II el 4 de octubre de 1740, ordenando el sistema Catasto para todo el reino.
El resultado fue una especie de censo de toda la población del sur de Italia con sus edades, profesiones y propiedades, incluyendo casas y tierras con la extensión y los límites, los grandes animales (caballos, vacas, bueyes, burros, ovejas, cabras), los débitos, alquileres, créditos.
Cada municipio tenía que realizar dos ejemplares, conservando uno de ellos para actualizaciones posteriores y otro para ser enviado a la Regia Camera Sommaria, en Nápoles, autoridad fiscal central del reino. Muchos de los ejemplares que se llevaron a cabo a nivel local han sido destruidos o entregados a los archivos de la provincia. Las copias que se enviaron a Nápoles se encuentran actualmente en una sección especial del Archivos del Estado.
El catastro se llamó onciario porque para la valuación de los bienes sometidos a la tributación se utilizó la onza (oncia), que era una antigua medida y moneda de uso en el Reino de Nápoles hasta el tiempo del rey de Aragón, que equivalía a seis ducados, pero que no circuló durante varios siglos. La moneda vigente en la época del Reino de Nápoles fue el ducado, que estaba formado por cinco tari, 10 carlini y 100 granos. El grano fue a su vez compuesta de 12 cavalli y 6 cavalli eran un tornese.
Fue noble la idea del rey Carlos de Borbón de ajustar el peso del tributo a cada ciudadano, para que aquellos que no tuviesen posesiones, no pagaran nada, con lo que conquistó el afecto de los ciudadanos, porque existían privilegios y desigualdades, como los bienes eclesiásticos adquiridos antes de 1741 que pagaban la mitad, por ser considerados “patrimonio sagrado”, los bienes feudales que no estaban gravados.
Entre las desigualdades en el nuevo sistema estaba aquella de las personas que vivían de rentas, a la manera de los nobles, y aquellos que practicaban los oficios manuales: el primero tributaba solamente por los bienes, mientras que el segundo tributaba en base a una renta presuntiva asignado según el trabajo.
A pesar de ser un catastro descriptivo, que no proporcionó la cartografía de la zona, fue una herramienta útil para eliminar los privilegios fiscales de las clases acomodadas, que producían cada vez más carga impositiva a las clases más bajas. Representa uno de los ejemplos más brillantes de asignación proporcional de la carga tributaria.
La ciudad de Nápoles estaba exenta del Registro de la Propiedad, porque contribuía al Fisco con el gabelle.
En el resto de las comarcas del reino se llevaron a cabo una serie de requisitos para la distribución de los impuestos, que variaba de acuerdo a la especie de propietarios.
Una primera distinción fue hecha entre los ciudadanos y extranjeros: los primeros formaban los fuegos (es decir, familias) de la Universidad (título otorgado a todas las ciudades importantes demográficamente), los últimos eran sólo inscriptos en el Onciario porque poseían una propiedad o porque ejercían una actividad. Una segunda distinción fue entre los laicos y el clero que incluían a todas las instituciones religiosas.
De tal modo existieron las siguientes posibles categorías de contribuyentes:

 

1. ciudadanos habitantes y no habitantes
2. viudas y vírgenes
3. ciudadanos del clero
4. iglesias, monasterios y lugares sagrados
5. habitantes extranjeros propietarios
6. iglesias, monasterios y lugares sagrados extranjeros
7. habitantes extranjeros no propietarios

 

por lo que se puede deducir que la reforma incluiría a todos, indistintamente.

Los documentos preliminares debían contener las declaraciones sobre el patrimonio sagrado de los sacerdotes, los status animarum conservados en las parroquias a fin de utilizarlos para el control anagráfico de la rivele, las declaraciones de los administradores con los elencos de fuochi ausentes y todos los documentos probatorios catastrales con eventuales cargas. Se realizaba un especie de control cruzado entre los distintos tipos de documentos, antes de volcar los resultados en el "grande libro dell’onciario", donde se reportaba el cálculo del impuesto a pagar por cada núcleo familiar.

 
Los impuestos fueron de tres tipos:

- el testatico (por cabeza), igual para todos, que pesaba sobre el jefe de familia (una familia incluye a todas las personas que viven bajo el mismo techo, con un jefe de familia llamado "capofuoco") hasta los sesenta años de edad. Este impuesto no fue pagado por los que no tenían trabajo o ejercían una profesión liberal (médicos, notarios), entonces, paradójicamente, en contradicción con lo expresado en la ley, el labrador tenía que pagar y un notario no.
- el impuesto sobre las rentas del trabajo ("industria") que pesaba sólo sobre los hombres de catorce años de edad (hasta los dieciocho años pagaban menos), calculado sobre la base de los ingresos previstos para las distintas oficios,
- el impuesto sobre las propiedades, ganado y capital prestado a un interés.

Aunque el onciario no cumplió con el propósito para el cual fue diseñado, ya que al final el rey cedió y aceptó el principio de que los municipios podría volver a optar por pagar con el sistema de gabella o con el Catasto, el hecho es que se trataba de un inventario real y detallado que en la actualidad se puede utilizar para una variedad de investigaciones.
El Catasto Onciario fue un censo de todos los habitantes que incluye sus edades, información útil para la genealogía y la investigación demográfica, y de la propiedades colindantes también se pueden determinar parentescos. También podemos sacar información sobre los activos de los contribuyentes, los tipos de vivienda, ubicación y tamaño, las fronteras terrestres, la extensión y la ganadería, de propiedad de cada familia.
La gran cantidad de detalles que componen este catastro permiten hoy reconstruir el tamaño de las familias, las profesiones, la propiedad, nombres de lugares, barrios, calles, ganado, etc.
Su consulta es hoy una valiosa fuente de información sobre el período. Para los investigadores resulta una herramienta de gran importancia para ayudar a localizar a los antepasados en una ciudad y darnos una idea de su vida.

 

Los originales se encuentran en los Archivos del Estado. También se están realizando trabajos de transcripciones que van publicándose en diversas páginas webs. En nuestro artículo Catastros, Censos y otros listados encontrarán links a registros de varias localidades.

 

 

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Fuentes
http://it.wikipedia.org/wiki/Catasto_onciario

http://www.opartigiano.it/crispanostory/nuova_pagina_32.htm
http://www.abruzzoheritage.com/magazine/articles/catasto-onciario.htm
http://www.archicalabria.it/documenti/Introduzione%20cat.onc.htm
Il Catasto Onciario di Ascoli Satriano del 1753

 

 

 

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