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por Analía Montórfano


12- Inicio de los Registros Parroquiales

El Concilio de Trento fue un concilio ecuménico* de la Iglesia católica desarrollado en varios períodos entre el 13-12-1545 y el 4-12-1563, con veinticinco sesiones en total. Tuvo lugar en Trento (Italia), que entonces era una ciudad imperial libre regida por un príncipe-obispo. Fue la respuesta católica formal a los desafíos doctrinales de la Reforma Protestante. Sirvió para definir la doctrina católica y emitió amplios decretos sobre autorreforma, ayudando a revitalizar la Iglesia Católica Romana frente a la expansión protestante. Lo que surgió del Concilio de Trento fue una Iglesia y un papado consolidados.

Este ordenó, no directamente, sino a través de la regulación de la administración de algunos sacramentos, que todas las parroquias dispusieran de libros sacramentales encuadernados, con los asientos de bautismos, matrimonios y defunciones, cuya llevanza quedaba bajo la responsabilidad del párroco. 

Más tarde, en el Ritual Romano de 1614 aquella previsión se extendió también a las confirmaciones, defunciones y estados de almas, verdaderos censos parroquiales estos últimos.

En España, por decreto de Felipe II el 12 de julio de 1564, que fue una Real Cédula, que se ordenó la observancia y aplicación de los decretos del Concilio de Trento en todos los territorios de la Corona Española, integrándolos en la legislación real y comenzando el proceso de la Contrarreforma en España, incluyendo la creación de seminarios y la reforma eclesiástica. 

*Reunión solemne y general de obispos y líderes de la Iglesia cristiana de todo el mundo

Quinque libri 

Así se llamó al conjunto de cinco libros sacramentales, que se comenzaron a llevar por mandato, y a partir del Concilio de Trento. Pasaron a conformar la parte más importante del archivo parroquial y a su constitución, redacción y custodia se dedicaron en todas las diócesis.

  1. Bautismos (incluidas las confirmaciones)
  2. Matrimonios
  3. Defunciones
  4. Padrones de feligresía (o libros de matrícula)
  5. Libros de fábrica

Registros parroquiales
A partir del Concilio de Trento en 1563, convocado por el Papa Pío IV, se estableció la obligatoriedad de estas inscripciones para la iglesia católica en todo el mundo. Reformas que no fueron recibidas positivamente por el clero por lo que se requirió una nueva proclamación del Papa en 1595 para que entraran permanentemente en vigencia y fuesen puestas en práctica por todos los sacerdotes. 
 
En 1563 se impuso que cada sacerdote viviera en su propia parroquia y registrara los bautismos y matrimonios, años después, como ya dijimos se incluyeron las defunciones. En la 24° sesión del 11 de noviembre de 1563 se establecen los cánones de la doctrina católica sobre el sacramento del matrimonio y en la 25° sesión del 3 y 4 de diciembre de 1563, se ordena que en los archivos de cada parroquia se conserven los registros de bautismos, matrimonios y defunciones de sus fieles.
 
Sin embargo, existieron registros parroquiales más antiguos como los de Gemona del Friuli desde 1379 y hasta principio del 1400 y en Siena, Italia en 1420, registrando únicamente los bautismos. Estos libros fueron creados para registrar a la población, siendo de carácter más civil que religioso.
 
Primera página del libro de bautismos de Gemona del Friuli
Aporte de Francesco Ernesto Fullone
 
En esta página pueden encontrar la transcripción: https://digilander.libero.it/vlepore47/RegBatt1.htm 
 
En ciertas regiones de Italia existieron otros registros más antiguos: en San Nicola in Guardiagrele, Chieti, se conservan bautismos, matrimonios y defunciones desde el siglo XV. En el archivo diocesano de Fiesole, Florencia, se encuentran los registros bautismales de la parroquia San Lorenzo a Diacceto que comienzan en 1453. Y en algunas parroquias de la ciudad de Florencia los archivos de bautismo más antiguos datan de comienzo de 1425.
 
La Sociedad de Estudios Genealógicos y Heráldicos de Canarias (SEGEHECA) presentó hace poco, en su grupo de Facebook un libro de Horacio Concepción García, llamado "Garafía. Antroponimia y génesis de su poblamiento". Contiene el Libro I de actas sacramentales que comprende el período entre 1560 y 1625, siendo el segundo en antigüedad que se conserva en la Isla, lo que pone de manifiesto la importancia del municipio durante el siglo XVI.
 
Y allí se cuenta que, en 1497, el decimoquinto obispo de Canarias, Diego de Muros, en su organización de La Palma y Tenerife, incluyó una novedad de gran importancia: imponer a los párrocos la confección de libros que registraran los sacramentos del bautismo, la confirmación y el matrimonio, junto con el libro de difuntos.
 
En Francia, los registros parroquiales más antiguos que se conservan datan de 1303 y están publicados en Givry, Borgoña. Otros registros antiguos se encuentran en Roz-Landrieux, Bretaña en 1451, Paramé, en la costa norte de Bretaña, en 1453, Lanloup, Bretaña, en 1467, Trans-la-Forêt, Bretaña, en 1479 y Signes, en la Provenza, en 1500.
 
El registro parroquial se volvió obligatorio en Francia para los bautismos con la Ordenanza de promulgada por Francisco I de Francia el 10 de agosto de 1539, luego para los matrimonios y entierros con la Ordenanza de 1579. 
 
En España, la primera partida de bautismo se registra en Ávila, en la comunidad de Castilla y León, es un manuscrito que data de 1482 y se conserva en el Archivo Diocesano de Ávila. Este libro corresponde a los registros de la parroquia de Viñegra de Moraña desde ese año hasta 1509.
 
Primer registro de Ávila, España
 
Contrariamente a lo que ocurre para los registros de estado civil, que son accesibles a los ciudadanos siempre que no violen la ley sobre la privacidad, los registros parroquiales son propiedad de la Iglesia y están bajo la custodia del párroco, o más recientemente también en los archivos diocesanos. Probablemente por influencia del nuevo enfoque francés del siglo XIX, con respecto a la organización archivística, las diócesis comenzaron a solicitar a los párrocos un duplicado de sus registros parroquiales. La fecha de inicio de mantenimiento de las copias de estos registros varía, pero en muchas diócesis comenzó antes de 1900.
 
La mayor dificultad con los registros parroquiales es que fueron y son escritos a mano. Por esta razón conocer el contenido y el formato nos facilitará la interpretación.
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Fuentes:

- https://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/autoridad/159993   
- RAPÚN GIMENO, Natividad, La intervención de la iglesia en la sucesión “ab intestato". Zaragoza S. XVI-XVIII. Ed. El Justicia e Aragón, Zaragoza, España 2010, pág. 294
- https://lecanarienediciones.com/inicio/223-garafia-antroponimia-y-genesis-de-su-poblamiento.html


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